Una reciente sentencia judicial ha puesto en entredicho la validez del actual «canon digital» impuesto en España por la SGAE (Sociedad General de Autores y Editores) con Teddy Bautista a la cabeza. La sentencia del Juzgado de lo Mercantil 1 de Sevilla ha condenado a devolver el «canon digital» a un abogado, Joaquín Moeckel, por la compra de 4 CDs. La cuantía asciende tan sólo a 1,12 €, lo que en sí es una minucia, pero no así el peso de la sentencia.
De esta forma se crea un precedente para que cualquier persona que demuestre que el uso dado a determinados artículos gravados con este canon es para uso personal o libre de derechos de autor pueda solicitar la devolución del canon pagado durante la compra.
El «canon digital» o la remuneración compensatoria por copia privada, es una tasa obligatoria aplicada a numerosos soportes que utilizamos todos diariamente. Móviles, CDs, memorias USB, discos duros, reproductores MP3. Nada se libra de un canon que va a parar a una empresa privada (y otras similares) que reparten el dinero entre sus socios sin ofrecer ninguna información pública sobre el reparto, la cuantía que toca a cada socio y las razones para decidir ese reparto.
La sobretasa a pagar por la adquisición de productos gravados con el canon varía según el artículo que se trate. Así, las cuantías oscilan desde los 0,60 euros de un DVD grabable hasta los 12 euros de un disco duro. En el campo de la empresa, donde suelen ser habituales equipos multifuncionales las cantidades se elevan a los 7,95 euros llegando alcanzar los 227 euros de una copiadora. Lo cual, para grandes empresas, que compran estos soportes en grandes cantidades supone una elevada cuantía económica.
Vía: ADSL Zone